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La unión libre o matrimonio de hecho es la convivencia estable y singular de dos personas mayores de edad con un proyecto de vida en común. En Bolivia produce efectos similares al matrimonio: comunidad de gananciales, herencia y asistencia familiar. Puede registrarse ante el SERECI, ante autoridad indígena o mediante comprobación judicial.
La unión libre en Bolivia, también conocida como matrimonio de hecho, es una institución legal con efectos similares al matrimonio civil. Miles de parejas conviven durante años sin pasar por el matrimonio civil, sin saber que, cumpliendo ciertos requisitos, la ley boliviana les otorga prácticamente los mismos derechos y obligaciones que a un matrimonio formalmente constituido.
En esta guía te explicamos qué es la unión libre, a qué edad puedes constituirla, cómo registrarla, qué ocurre si tu pareja no está de acuerdo, y qué derechos obtienes al hacerlo.
Contenido:
La unión libre y el matrimonio de hecho son, en la práctica, la misma institución: el Código de las Familias y del Proceso Familiar y la Constitución Política del Estado la definen como una institución social que da lugar al vínculo conyugal o de convivencia entre dos personas, orientado a establecer un proyecto de vida en común.
Para que esta convivencia sea reconocida legalmente como unión libre, debe cumplir condiciones esenciales, tales como:
Cumpliendo estas condiciones, la unión libre genera —salvo excepciones puntuales previstas por ley— los mismos efectos legales que el matrimonio civil.
La normativa vigente establece que una persona puede constituir libremente matrimonio o unión libre una vez cumplida la mayoría de edad.
La Ley N° 1639, de 24 de septiembre de 2025, modifica el artículo 139 de la Ley N° 603, eliminando la excepción que permitía la constitución de estos vínculos a partir de los 16 años, bajo determinadas condiciones.
La Ley N° 603 también establece impedimentos para constituir matrimonio o unión libre. Entre ellos se encuentran determinados supuestos de interdicción, parentesco consanguíneo, parentesco adoptivo, impedimento por delito y vínculo por tutela en las condiciones previstas por el Código de las Familias y del Proceso Familiar.
La existencia de un impedimento puede tener consecuencias sobre la validez del vínculo. Por esa razón, cuando existen antecedentes familiares, vínculos previos o circunstancias especiales, conviene realizar un análisis jurídico individual antes de iniciar el trámite.
Existen tres vías para registrar una unión libre en Bolivia:
Una vez reconocida legalmente, la unión libre otorga derechos equivalentes a los del matrimonio civil, entre ellos:
Por el requisito de singularidad, la ley también contempla la nulidad del matrimonio o la unión libre cuando existen varios matrimonios o uniones libres inscritas para la misma persona.
Al igual que el matrimonio civil, la unión libre puede disolverse mediante un proceso de divorcio, o extinguirse por fallecimiento de uno de los convivientes. Si tu situación implica poner fin a una unión libre reconocida legalmente, te recomendamos una consulta personalizada para evaluar el camino más adecuado según tu caso.
La Ley N° 603 exige estabilidad y singularidad y relaciona la unión libre con un proyecto de vida en común, la normativa vigente no permite afirmar un número único de meses o años de convivencia, por lo que cuando existe controversia, las circunstancias y pruebas del caso pueden ser determinantes.
Sí. La Ley N° 603 contempla la comprobación judicial de una unión libre no registrada cuando se produjo la cesación de la vida en común, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.
La normativa prevé la comprobación judicial de una unión libre no registrada en caso de fallecimiento de uno o ambos convivientes. Además, la ley reconoce legitimación a las personas expresamente señaladas para los supuestos previstos. La procedencia concreta debe evaluarse según los antecedentes del caso.
La Ley N° 603 regula la comunidad de gananciales para el matrimonio y la unión libre, estableciendo como principio la división en partes iguales de las ganancias, beneficios u obligaciones contraídos durante la vigencia del vínculo, con las precisiones y excepciones previstas por la propia normativa. La calificación de cada bien requiere analizar su origen y las circunstancias de adquisición.
Si la unión no fue registrada y existe negación del registro, la Ley N° 603 contempla la posibilidad de solicitar su comprobación judicial, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La preparación y presentación de la prueba será especialmente relevante en este tipo de proceso.
La unión libre en Bolivia, también conocida como matrimonio de hecho, es una figura legal plenamente reconocida que otorga a las parejas en convivencia derechos y obligaciones similares a los de un matrimonio civil, siempre que se cumplan los requisitos de estabilidad y singularidad.
Registrarla formalmente no es un trámite obligatorio para que exista la unión, pero sí es indispensable para poder ejercer plenamente derechos como la sucesión hereditaria, la comunidad de bienes o la asistencia familiar frente a terceros y autoridades.
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