Abogado para cobro de deudas en La Paz y El Alto

Si te deben dinero y el deudor no paga, en EGAF Abogados te ayudamos a recuperarlo por la vía legal: desde el análisis del documento que respalda la deuda hasta el embargo y la ejecución de bienes.

Atendemos a personas y empresas en La Paz, El Alto y el resto de Bolivia.

¿Cómo te ayudamos?

Análisis del documento

Revisamos si tu pagaré, letra de cambio, contrato o documento privado es un título ejecutivo y qué vía de cobro corresponde.

Conciliación y requerimiento de pago

Intentamos un acuerdo de pago antes del juicio cuando es conveniente o la ley lo exige.

Proceso ejecutivo

Cuando la deuda consta en un título ejecutivo: escritura pública, documento reconocido ante notario, pagaré o letra de cambio.

Proceso monitorio

Para deudas de dinero respaldadas por documentos que no son títulos ejecutivos. El juez dicta una sentencia inicial y el deudor tiene un plazo breve para oponerse.

Reconocimiento de firmas

Si tu documento no está reconocido, gestionamos la diligencia preparatoria para darle fuerza ejecutiva.

Medidas precautorias y embargo

Anotación preventiva en Derechos Reales, retención de fondos bancarios y embargo de bienes para asegurar el cobro.

Cómo trabajamos

  1. Consulta gratuita. Nos cuentas tu caso por WhatsApp, teléfono, formulario o en nuestras oficinas.
  2. Análisis y estrategia. Revisamos tu documentación y te explicamos las opciones, los plazos y los honorarios.
  3. Inicio del trámite. Preparamos los documentos y presentamos la solicitud o demanda.
  4. Seguimiento. Te mantenemos informado del avance en todo momento hasta la conclusión.

Documentos que necesitas

  • Documento original que respalda la deuda (contrato, pagaré, letra de cambio, documento reconocido).
  • Datos del deudor: nombre completo, cédula de identidad y domicilio.
  • Comprobantes de pagos o transferencias, y mensajes en los que se reconozca la deuda.

Si te falta alguno, no es un impedimento para consultar: te indicamos cómo obtenerlo.

¿Cuánto cuesta?

El costo depende del tipo de proceso (ejecutivo o monitorio), del monto de la deuda y de las medidas necesarias para asegurar el cobro.

En la consulta gratuita revisamos tu documento y te explicamos las opciones y los honorarios antes de iniciar el proceso.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para cobrar una deuda?

El plazo general de prescripción del Código Civil es de cinco años, aunque algunos documentos, como los títulos valores, tienen plazos propios. Conviene actuar cuanto antes.

¿El deudor puede ir a la cárcel?

No por deudas civiles o comerciales comunes. El cobro se realiza sobre el patrimonio del deudor mediante embargos y retenciones. Solo si hubo un delito, como una estafa o un cheque sin fondos, cabe una denuncia penal.

¿Puedo cobrar si solo tengo mensajes o transferencias?

Puede ser posible. Los mensajes en los que el deudor reconoce la deuda y las transferencias bancarias sirven como prueba; analizamos si alcanzan para un proceso monitorio o si conviene una diligencia preparatoria.

¿Se pueden cobrar intereses?

Sí, cuando fueron pactados entre las partes o corresponden legalmente.

Nuestras oficinas

La Paz

Calle Cochabamba, lado Lotería Nacional, Edif. José Santos, piso 2, Oficina 6

WhatsApp: +591 76726330

Lunes a viernes, de 09:00 a 17:00.

Conoce algunos de nuestros casos de éxito

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