Abogado de herencias y declaratoria de herederos en La Paz y El Alto

Cuando fallece un familiar, los bienes no pasan automáticamente a los herederos: hace falta la declaratoria de herederos y, en muchos casos, la división de la herencia y su inscripción en Derechos Reales. En EGAF Abogados nos ocupamos de todo el proceso.

Te asesoramos para aceptar la herencia de la forma que más te convenga, evitar responder con tu patrimonio por deudas del fallecido y resolver los desacuerdos entre herederos.

¿Cómo te ayudamos?

Declaratoria de herederos

Por la vía notarial cuando no hay controversia, o por la vía judicial cuando existe oposición o situaciones complejas.

Aceptación con beneficio de inventario

Para que las deudas del fallecido se paguen solo con los bienes de la herencia. Debe solicitarse dentro de los plazos legales.

División y partición de la herencia

De común acuerdo mediante escritura pública o, si los herederos no se ponen de acuerdo, mediante proceso judicial.

Inscripción y transferencia de bienes

Registro de inmuebles en Derechos Reales, transferencia de vehículos y liberación de fondos en entidades financieras.

Testamentos y desheredación

Asesoramos en la redacción de testamentos respetando la legítima de los herederos forzosos y en las causales legales de desheredación.

Derechos del conviviente

Acreditamos la unión libre no registrada para que la pareja sobreviviente pueda ejercer sus derechos hereditarios.

Cómo trabajamos

  1. Consulta gratuita. Nos cuentas tu caso por WhatsApp, teléfono, formulario o en nuestras oficinas.
  2. Análisis y estrategia. Revisamos tu documentación y te explicamos las opciones, los plazos y los honorarios.
  3. Inicio del trámite. Preparamos los documentos y presentamos la solicitud o demanda.
  4. Seguimiento. Te mantenemos informado del avance en todo momento hasta la conclusión.

Documentos que necesitas

  • Certificado de defunción.
  • Certificados de nacimiento o matrimonio que acrediten el parentesco con el fallecido.
  • Cédulas de identidad de los herederos.
  • Documentos de los bienes: folio real, datos de vehículos, extractos bancarios.
  • Testamento, si existe.

Si te falta alguno, no es un impedimento para consultar: te indicamos cómo obtenerlo.

¿Cuánto cuesta?

El costo depende de la vía (notarial o judicial), del número de herederos, de los bienes que haya que inscribir o dividir y de si existe acuerdo entre la familia.

En la consulta gratuita revisamos la documentación y te explicamos los honorarios y gastos antes de comenzar.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la declaratoria de herederos?

Sí, para disponer de los bienes del fallecido. Sin ella no se pueden vender ni inscribir a tu nombre inmuebles o vehículos, ni liberar fondos en bancos.

¿La declaratoria de herederos se hace ante notario o ante el juez?

Si no hay controversia puede tramitarse ante un Notario de Fe Pública, que es la vía más rápida. Si hay oposición entre herederos o situaciones que requieren decisión judicial, se tramita ante el juez.

¿Tengo que pagar las deudas del fallecido?

Si aceptas la herencia de forma pura y simple, respondes también por las deudas. Con la aceptación con beneficio de inventario, las deudas se pagan solo con los bienes de la herencia. También es posible renunciar a la herencia.

¿Qué pasa si un heredero no quiere dividir los bienes?

Ningún heredero está obligado a permanecer indefinidamente en copropiedad. Si no hay acuerdo, la división puede pedirse judicialmente.

Nuestras oficinas

La Paz

Calle Cochabamba, lado Lotería Nacional, Edif. José Santos, piso 2, Oficina 6

WhatsApp: +591 76726330

Lunes a viernes, de 09:00 a 17:00.

Conoce algunos de nuestros casos de éxito

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