Respuesta rápida
La unión libre se registra de mutuo acuerdo ante el oficial de Registro Cívico (SERECI) del domicilio de la pareja, ante la autoridad indígena originaria campesina o, si no hay acuerdo o la unión ya terminó, mediante comprobación judicial. Ambos deben ser mayores de edad y no tener otro vínculo inscrito.
En Bolivia la unión libre puede registrarse por tres vías: de mutuo acuerdo ante el oficial de Registro Cívico (SERECI) del domicilio de la pareja, ante la autoridad indígena originaria campesina según sus usos y costumbres, o mediante un proceso judicial cuando no existe acuerdo o la unión ya terminó. El registro no crea la unión libre, pero es la mejor prueba de su existencia y facilita ejercer los derechos que genera.
Si quieres conocer qué es la unión libre y qué derechos otorga, consulta nuestra guía Unión libre en Bolivia: qué es, requisitos y cómo registrarla.
Antes de iniciar el trámite, verifica que la convivencia cumple las condiciones del Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley N° 603):
Uno solo de los convivientes también puede solicitar el registro. En ese caso el SERECI publica la solicitud y notifica personalmente al otro conviviente, que tiene un plazo de treinta (30) días para aceptar o negar el registro. Lo explicamos en detalle en ¿Puede uno de los convivientes registrar la unión libre sin el consentimiento del otro?
Las naciones y pueblos indígena originario campesinos pueden constituir y registrar la unión libre ante su autoridad, conforme a sus normas y procedimientos propios. Para que esa unión surta efectos frente a terceros e instituciones, es importante que se comunique e inscriba también en el registro cívico.
Cuando la unión no fue registrada, la Ley N° 603 permite solicitar su comprobación judicial ante un Juzgado Público de Familia, entre otros supuestos, cuando:
En estos procesos la prueba es decisiva: testigos, documentos con domicilio común, hijos en común, fotografías, cuentas o bienes adquiridos durante la convivencia.
No. La unión libre existe si se cumplen los requisitos legales, aunque no esté inscrita. Sin embargo, el registro es la prueba más sencilla de su existencia y facilita el ejercicio de derechos.
No. Por el principio de singularidad, primero debe disolverse el matrimonio o la unión anterior mediante el divorcio.
El SERECI aplica aranceles por la inscripción y por la emisión de certificados. Te recomendamos consultar los montos vigentes antes de realizar el trámite.
Para el registro de mutuo acuerdo ante el SERECI no es obligatorio. Para la comprobación judicial sí se requiere patrocinio de abogado.
Registrar la unión libre es un trámite sencillo cuando ambos están de acuerdo y cumplen los requisitos. Si tu pareja se niega, la unión ya terminó o tu conviviente falleció, existen vías para que la unión sea reconocida. En EGAF Abogados te ayudamos a elegir la vía adecuada y a preparar la prueba.
Nos preocupamos por nuestros clientes y nuestra comunidad, póngase en contacto con nosotros, estaremos gustosos de ayudarlo.