¿Cómo registrar la unión libre en Bolivia?

Por Elsa Geronimo Quispe Actualizado el

Respuesta rápida

La unión libre se registra de mutuo acuerdo ante el oficial de Registro Cívico (SERECI) del domicilio de la pareja, ante la autoridad indígena originaria campesina o, si no hay acuerdo o la unión ya terminó, mediante comprobación judicial. Ambos deben ser mayores de edad y no tener otro vínculo inscrito.

En Bolivia la unión libre puede registrarse por tres vías: de mutuo acuerdo ante el oficial de Registro Cívico (SERECI) del domicilio de la pareja, ante la autoridad indígena originaria campesina según sus usos y costumbres, o mediante un proceso judicial cuando no existe acuerdo o la unión ya terminó. El registro no crea la unión libre, pero es la mejor prueba de su existencia y facilita ejercer los derechos que genera.

Si quieres conocer qué es la unión libre y qué derechos otorga, consulta nuestra guía Unión libre en Bolivia: qué es, requisitos y cómo registrarla.

Requisitos previos: ¿puede registrarse nuestra unión?

Antes de iniciar el trámite, verifica que la convivencia cumple las condiciones del Código de las Familias y del Proceso Familiar (Ley N° 603):

  • Mayoría de edad de ambos convivientes. Desde la Ley N° 1639 de 2025 ya no se admite la excepción a partir de los 16 años (más detalles en ¿A qué edad se puede constituir unión libre?).
  • Estabilidad: una convivencia continua, pública y duradera.
  • Singularidad: ninguno de los dos puede tener otro matrimonio o unión libre inscrita.
  • Ausencia de impedimentos legales, como determinados supuestos de parentesco, interdicción o vínculo por tutela.

Registro de mutuo acuerdo ante el SERECI paso a paso

  1. Reunir la documentación: cédulas de identidad vigentes y certificados de nacimiento de ambos convivientes. El SERECI puede solicitar documentos adicionales según el caso, por lo que conviene confirmar los requisitos vigentes antes de acudir.
  2. Presentar la solicitud conjunta ante la o el oficial de Registro Cívico correspondiente al domicilio de la pareja, manifestando la voluntad de ambos de registrar la unión.
  3. Verificación: el oficial comprueba la identidad de los solicitantes y que no existan impedimentos ni otros vínculos inscritos.
  4. Inscripción: una vez aceptada la solicitud, la unión libre queda registrada y los convivientes pueden obtener el certificado correspondiente.

¿Y si mi pareja no quiere registrar la unión?

Uno solo de los convivientes también puede solicitar el registro. En ese caso el SERECI publica la solicitud y notifica personalmente al otro conviviente, que tiene un plazo de treinta (30) días para aceptar o negar el registro. Lo explicamos en detalle en ¿Puede uno de los convivientes registrar la unión libre sin el consentimiento del otro?

Registro ante autoridad indígena originaria campesina

Las naciones y pueblos indígena originario campesinos pueden constituir y registrar la unión libre ante su autoridad, conforme a sus normas y procedimientos propios. Para que esa unión surta efectos frente a terceros e instituciones, es importante que se comunique e inscriba también en el registro cívico.

Comprobación judicial de la unión libre

Cuando la unión no fue registrada, la Ley N° 603 permite solicitar su comprobación judicial ante un Juzgado Público de Familia, entre otros supuestos, cuando:

  • El otro conviviente niega la existencia de la unión.
  • Se produjo la cesación de la vida en común.
  • Falleció uno o ambos convivientes.

En estos procesos la prueba es decisiva: testigos, documentos con domicilio común, hijos en común, fotografías, cuentas o bienes adquiridos durante la convivencia.

¿Por qué conviene registrar la unión libre?

  • Facilita acreditar la comunidad de gananciales sobre los bienes adquiridos durante la convivencia.
  • Permite ejercer los derechos sucesorios frente al otro conviviente (ver Sucesión hereditaria en Bolivia).
  • Simplifica trámites ante bancos, seguros, seguridad social y otras instituciones.
  • Evita tener que probar la unión en un juicio si surge un conflicto.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio registrar la unión libre?

No. La unión libre existe si se cumplen los requisitos legales, aunque no esté inscrita. Sin embargo, el registro es la prueba más sencilla de su existencia y facilita el ejercicio de derechos.

¿Puedo registrar la unión libre si mi pareja sigue casada con otra persona?

No. Por el principio de singularidad, primero debe disolverse el matrimonio o la unión anterior mediante el divorcio.

¿El registro tiene costo?

El SERECI aplica aranceles por la inscripción y por la emisión de certificados. Te recomendamos consultar los montos vigentes antes de realizar el trámite.

¿Necesito un abogado para registrar la unión libre?

Para el registro de mutuo acuerdo ante el SERECI no es obligatorio. Para la comprobación judicial sí se requiere patrocinio de abogado.

Conclusión

Registrar la unión libre es un trámite sencillo cuando ambos están de acuerdo y cumplen los requisitos. Si tu pareja se niega, la unión ya terminó o tu conviviente falleció, existen vías para que la unión sea reconocida. En EGAF Abogados te ayudamos a elegir la vía adecuada y a preparar la prueba.

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