¿Puede uno de los cónyuges registrar la unión libre sin el consentimiento del otro?

Si puede, el trámite se realiza ante el oficial de registro cívico, quien publicará en el portal web del servicio de registro cívico y notificará en forma personal al otro cónyuge de la unión, para que en el plazo de treinta (30) días, se presente a aceptar o negar el registro.

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