Respuesta rápida
Si no se paga la asistencia familiar, se pide al juez la liquidación de las pensiones adeudadas. Aprobada, el obligado debe pagar en tres días; si no lo hace, puede dictarse un mandamiento de apremio corporal hasta que cumpla. También puede ordenarse la retención del sueldo. Es la única deuda con privación de libertad en Bolivia.
Si la persona obligada no paga la asistencia familiar, la parte beneficiaria puede pedir al juez la liquidación de las pensiones adeudadas. Aprobada la liquidación, se intima al obligado a pagar en un plazo de tres días; si no lo hace, puede expedirse un mandamiento de apremio corporal, es decir, su privación de libertad hasta que cumpla. Es la única deuda por la que en Bolivia se puede privar de libertad a una persona.
Si todavía no tienes una asistencia familiar fijada, empieza por nuestra guía ¿Cómo solicito la asistencia familiar en Bolivia?
Son las mensualidades de asistencia familiar que vencieron y no se pagaron. La obligación no desaparece porque pase el tiempo ni porque el obligado cambie de ciudad o de trabajo: las pensiones impagas se acumulan y pueden reclamarse ante el mismo juzgado que fijó la asistencia.
El apremio se solicita tras aprobarse la liquidación de las pensiones adeudadas y vencer el plazo de tres días sin pago. Conviene no dejar acumular la deuda: cuanto antes se pida la liquidación, antes se puede exigir el pago.
No. En Bolivia no existe la prisión por deudas civiles o comerciales comunes. La asistencia familiar es la excepción, por tratarse del sustento de los hijos. Ver cómo cobrar otras deudas.
No. La falta de empleo no extingue la obligación. Lo que corresponde es pedir al juez la reducción del monto, que regirá desde que se resuelva, no hacia atrás.
La obligación se mantiene, pero la notificación y el cobro son más complejos. Es un caso que conviene analizar con un abogado para elegir la mejor estrategia.
La ley da herramientas eficaces para cobrar la asistencia familiar impaga: liquidación, apremio corporal y retención del sueldo. Si eres la parte beneficiaria, no dejes que la deuda crezca; si eres el obligado, regulariza tu situación antes de que se dicte un apremio. En EGAF Abogados te asesoramos en ambos casos.
Nos preocupamos por nuestros clientes y nuestra comunidad, póngase en contacto con nosotros, estaremos gustosos de ayudarlo.