Divorcio notarial o judicial en Bolivia: diferencias, requisitos y plazos

Por Elsa Geronimo Quispe Actualizado el

Respuesta rápida

El divorcio notarial solo es posible con mutuo acuerdo, sin hijos menores ni hijos mayores con discapacidad total y sin bienes gananciales registrables; exige ratificar tras al menos tres meses. En los demás casos el divorcio es judicial: de mutuo acuerdo con acuerdo regulador, o contencioso a pedido de uno solo de los cónyuges.

En Bolivia existen dos formas de divorciarse: el divorcio notarial, ante una Notaría de Fe Pública, y el divorcio judicial, ante un Juzgado Público de Familia. No se elige libremente: la vía notarial solo está disponible cuando hay mutuo acuerdo, no hay hijos menores (ni hijos mayores con discapacidad total) y no existen bienes gananciales sujetos a registro. En cualquier otro caso, el divorcio es judicial.

En esta guía comparamos ambas vías para que sepas cuál corresponde a tu situación. Para el panorama general, consulta Divorcio en Bolivia: todo lo que necesitas saber.

Comparativa rápida

Divorcio notarialDivorcio judicial
DóndeNotaría de Fe PúblicaJuzgado Público de Familia
AcuerdoObligatorio: ambos cónyuges deben estar de acuerdoPuede ser de mutuo acuerdo o a pedido de uno solo (contencioso)
HijosSolo si no hay hijos menores ni hijos mayores con discapacidad totalSin restricción; el juez resuelve guarda, visitas y asistencia familiar
BienesSolo si no hay bienes gananciales sujetos a registro (inmuebles, vehículos…)Sin restricción; se puede incluir la división de bienes
AbogadoNo es obligatorio, aunque es recomendableObligatorio
PlazoMínimo tres meses entre la solicitud y la ratificaciónVariable: depende del acuerdo y de la carga del juzgado

El divorcio notarial

Está regulado por la Ley del Notariado Plurinacional N° 483. Es la vía más sencilla y, por lo general, la menos costosa, porque requiere menos actuaciones.

Requisitos

  • Consentimiento de ambos cónyuges.
  • No tener hijos menores de edad ni hijos mayores con discapacidad total.
  • No tener bienes gananciales sujetos a registro.
  • Certificado de matrimonio actualizado y cédulas de identidad.

Cómo funciona

  1. Solicitud conjunta ante la Notaría de Fe Pública.
  2. Plazo de reflexión: deben transcurrir al menos tres meses antes de que los cónyuges ratifiquen su decisión ante el notario.
  3. Ratificación: si no se realiza dentro de los seis meses, el trámite caduca.
  4. Protocolización y registro: el notario emite la escritura pública de divorcio y debe remitirla al SERECI en un plazo máximo de cinco días hábiles para la cancelación de la partida de matrimonio.

El divorcio judicial

Se tramita ante un Juzgado Público de Familia con patrocinio de abogado. Tiene dos modalidades:

Divorcio judicial de mutuo acuerdo

Los cónyuges están de acuerdo en divorciarse, pero tienen hijos menores o bienes registrables. Presentan un acuerdo regulador sobre la guarda de los hijos, el régimen de visitas, la asistencia familiar y la división de bienes, y el juez lo homologa si protege el interés de los hijos.

Divorcio contencioso o unilateral

Uno de los cónyuges pide el divorcio sin acuerdo del otro. Desde la Ley N° 603 no se exige probar causales como infidelidad o abandono: basta la voluntad de una de las partes. El juez fija medidas provisionales sobre los hijos y resuelve los puntos en conflicto. Suele ser la vía más larga.

¿Cuál me conviene?

  • Si cumplen todos los requisitos de la vía notarial, suele ser la opción más rápida y económica.
  • Si tienen hijos menores o bienes registrables pero están de acuerdo, el judicial de mutuo acuerdo evita un litigio largo.
  • Si no hay acuerdo, el camino es el divorcio contencioso; aun así, es posible llegar a acuerdos parciales durante el proceso.

Revisa los documentos que necesitas en ¿Qué necesito para divorciarme en Bolivia?

Preguntas frecuentes

¿Podemos divorciarnos ante notario si tenemos hijos mayores de edad?

Sí, siempre que ningún hijo sea menor de edad ni tenga una discapacidad total, y que se cumplan los demás requisitos.

¿Y si solo tenemos muebles o dinero, pero ningún inmueble ni vehículo?

La restricción de la vía notarial se refiere a los bienes gananciales sujetos a registro, como inmuebles y vehículos. Conviene revisar con un abogado si existe algún bien registrable antes de elegir la vía.

¿Qué pasa si uno de los dos no va a ratificar ante el notario?

Sin ratificación el divorcio notarial no concluye, y el trámite caduca a los seis meses. En ese caso, el divorcio debe tramitarse por la vía judicial.

¿Cuál es más barato?

Por lo general, el notarial, porque tiene menos actuaciones. El costo final depende de los honorarios, los aranceles y la complejidad del caso.

Conclusión

La vía de divorcio depende de tu situación: acuerdo, hijos y bienes. Elegir bien desde el principio evita trámites fallidos y pérdidas de tiempo. En EGAF Abogados analizamos tu caso en una consulta gratuita y te indicamos la vía más rápida.

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