Asistencia Familiar en Bolivia: Qué es, quién tiene derecho y cómo funciona

La asistencia familiar en Bolivia es un tema que genera muchas dudas, especialmente en casos de separación, divorcio o cuando uno de los padres no cumple con sus obligaciones.

En esta guía te explicamos de forma clara y completa qué es la asistencia familiar, quién tiene derecho a recibirla, cómo se determina el monto, cómo solicitarla y qué ocurre si el obligado no cumple, con información actualizada para Bolivia.

Contenido:

¿Qué es la asistencia familiar?

La asistencia familiar es un derecho previsto en el artículo 109 y siguientes del Código de las Familias y del Proceso Familiar. Este artículo dispone que la asistencia familiar es un derecho y una obligación de las familias que comprende los recursos que garantizan lo indispensable: aquella persona que no puede, por sí sola, satisfacer todas sus necesidades básicas, puede pedir ayuda a sus parientes para subsistir.

La prestación tiene como objetivo principal preservar el sustento y el bienestar de quien la necesita. El monto debe ser capaz de cubrir y garantizar los gastos de educación, salud, vivienda, vestimenta y otros que sean necesarios.

¿Quién tiene derecho a recibir asistencia familiar?

  • Todos los menores de 18 años.
  • Los hijos mayores de edad, hasta los 25 años, siempre que se encuentren realizando una formación profesional, curso técnico, universitario u otro que los prepare para un oficio.
  • Mujeres embarazadas.
  • Otros parientes cercanos con necesidad comprobada.

Hijos menores de 18 años

En este caso no cabe duda: la asistencia familiar es un derecho de los niños, niñas y adolescentes. Debe pagarse en una cantidad que preserve las necesidades básicas de supervivencia y sustento del menor en relación con la alimentación, la educación, la salud, la vestimenta, la vivienda y la recreación.

En caso de separación de los padres, quien tiene a su cargo a los hijos no debe hacerse cargo solo de los gastos: tiene derecho a recibir asistencia familiar en igualdad de condiciones del padre o la madre que no se encuentre con la guarda (custodia) de los hijos.

El beneficiario de la asistencia familiar es el hijo, no el ex cónyuge. La asistencia familiar de un hijo es un derecho del hijo, y el monto pagado debe destinarse en beneficio de este.

Hijos mayores, hasta 25 años

Para que el hijo siga teniendo derecho a la asistencia familiar después de cumplir los 18 años, es necesario demostrar que continúa necesitándola. El ejemplo más común son los hijos que están estudiando un curso técnico, preuniversitario o universitario y que no tienen las condiciones económicas para costear sus estudios.

Asistencia familiar para embarazadas

Durante el embarazo, el niño o niña por nacer tiene derecho a recibir asistencia familiar del padre, que se otorga a la madre durante el periodo de gestación hasta el momento del alumbramiento, y luego se transfiere al hijo o hija ya nacida.

Si el padre no quiere ayudar a la madre embarazada a cubrir los gastos del embarazo (médicos, exámenes prenatales, alimentación, etc.), se le puede obligar judicialmente a hacerlo.

Otros parientes cercanos

El Código de las Familias y del Proceso Familiar establece que el derecho a la asistencia familiar es recíproco entre padres e hijos, y se extiende a los ascendientes. Excepcionalmente, también puede solicitarse a la nuera, el yerno, la suegra o el suegro, cuando exista necesidad comprobada de alimentación y salud.

Esto significa que los padres también pueden pedir asistencia familiar a sus hijos. Es el caso de padres o abuelos de edad avanzada que no tienen ingresos suficientes para mantenerse: en esa situación, los hijos pueden verse obligados a pagarles asistencia familiar.

¿Cómo se solicita la asistencia familiar?

Es posible llegar a un acuerdo extrajudicial con la otra parte, pero para que ese acuerdo sea ejecutable ante los tribunales debe cumplir ciertos requisitos formales (contar con un abogado o realizarse ante un ente acreditado como el SLIM) y luego ser homologado ante un juez.

Sin embargo, la vía más segura y recomendada es el proceso judicial, ya que permite fijar un monto legal obligatorio, garantizar el pago mensual e incluso descontarlo directamente del salario del obligado. Para iniciar la demanda se requiere, entre otros documentos, la prueba de parentesco, el domicilio y los ingresos económicos del obligado.

Ver guía completa: cómo solicitar la asistencia familiar paso a paso (Incluye el listado completo de documentos necesarios y el detalle del trámite ante el SLIM o el juzgado)

¿Cuál es el monto de la asistencia familiar?

Al contrario de lo que mucha gente piensa, el monto de la asistencia familiar no es un porcentaje fijo del 20% del Salario Mínimo Nacional. Ese porcentaje es solo el piso legal: el monto real se fija según la necesidad del beneficiario y la posibilidad económica del obligado, evaluadas por el juez.

El monto tampoco es definitivo: puede incrementarse o reducirse si cambian las condiciones económicas de cualquiera de las partes, mediante una solicitud formal ante el juez (Art. 123 del Código de las Familias y del Proceso Familiar).

Ver guía completa y monto actualizado de la asistencia familiar.

Ver guía de incremento y reducción de la asistencia familiar.

Guarda o tenencia (custodia) compartida, ¿cómo es la asistencia familiar?

La guarda o tenencia compartida no exime al obligado u obligada del pago de la asistencia familiar. Es común tener dudas al respecto, pero en la práctica esto se resuelve mediante un acuerdo mutuo en un documento donde se establece la forma en que procederá el pago.

Estoy desempleado, ¿debo pagar la asistencia familiar?

Sí. El hecho de que el obligado o la obligada esté desempleada no lo exime de pagar asistencia familiar; en estos casos se fija un porcentaje sobre el salario mínimo nacional. Es un error común pensar que quedarse sin empleo elimina la obligación: debe seguir pagándose, aunque sea con un monto menor mientras dure esa situación.

Preguntas frecuentes

¿Qué hacer si el padre o la madre vive en otro país?

El hecho de que el obligado resida fuera de Bolivia no elimina su obligación de pagar asistencia familiar, pero sí puede complicar la notificación y el cobro. Es una situación que conviene analizar caso por caso: cuéntanos los detalles y te orientamos sobre la mejor estrategia.

¿Puedo pedir asistencia familiar si nunca convivimos con el otro progenitor?

Sí. El derecho a la asistencia familiar nace de la filiación (el vínculo de parentesco entre padre/madre e hijo), no de haber convivido o estado casados. Puedes solicitarla aunque nunca hayan vivido juntos, siempre que el parentesco esté acreditado con el certificado de nacimiento correspondiente.

¿El padre o la madre puede negarse a pagar?

No de forma válida una vez que existe una resolución judicial o un acuerdo homologado: el pago no es opcional. Si la persona obligada no cumple, existen mecanismos para exigirlo, como el descuento directo de su salario, y el incumplimiento reiterado puede tener consecuencias legales adicionales para quien no paga.

¿Se puede pedir asistencia familiar retroactiva?

Como regla general, la obligación de pago se exige desde el momento en que se presenta la demanda o se formaliza el acuerdo, no desde una fecha anterior.

Conclusión

La asistencia familiar es un beneficio previsto en la legislación boliviana que tiene como objetivo proteger a las niñas, niños, adolescentes y personas que necesitan ayuda para su propio sustento.

Lo más habitual es que, en caso de separación, uno de los progenitores pague la asistencia familiar al otro progenitor que tiene la custodia de los hijos y no puede afrontar solo todos los gastos. El beneficio también puede otorgarse al ex cónyuge o a otro familiar cercano, como padres o abuelos, en caso de necesidad comprobada.

La forma más segura de establecer un monto de asistencia familiar es a través de una demanda: el juez definirá el monto y las condiciones, lo cual brinda seguridad a ambas partes.

En el derecho de familia, cada caso tiene sus particularidades, por lo que es difícil que dos casos sean idénticos. Si tienes alguna duda sobre tu situación, contáctanos y programa una consulta.

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